Se fomenta la reutilización de piezas, materiales y
componentes procedentes de los vehículos al final de su vida útil. Los
fabricantes e importadores de vehículos tienen la obligación de organizar la
recogida y gestión de los vehículos al final de su vida útil, lo que realizarán
en colaboración con los gestores de residuos
Los vehículos de motor que han llegado al final de su vida útil y cuyo uso
ya no es adecuado generan millones de toneladas de residuos. Para reducir al
mínimo las repercusiones sobre el medio ambiente y asegurar una mejor
recuperación de los materiales, la legislación europea estipula la
manera en que deben diseñarse los nuevos vehículos y cómo deben recogerse
y tratarse estos residuos.
Se trata de la Directiva relativa a los vehículos al final de su vida útil,
que se transpuso a nuestro ordenamiento mediante el Real Decreto 1383/2002, que
ahora se sustituye.
ADAPTACIÓN A
LA LEY DE RESIDUOS
Mediante este nuevo real decreto se adapta la regulación de los vehículos
al final de su vida útil a la Ley de residuos y suelos contaminados, en especial a aspectos como incluir la “preparación
para la reutilización”, que comprende las operaciones de comprobación, limpieza
o reparación mediante las cuales los componentes de los vehículos que se hayan
convertido en residuos se preparan para que puedan reutilizarse.
Igualmente, se establecen las previsiones relativas a la responsabilidad
ampliada del productor del vehículo, contempladas en la Ley de residuos, para
dar cumplimiento a las obligaciones de los fabricantes e importadores de
organizar la recogida y gestión de los vehículos al final de su vida útil y,
cuando resulte necesario, la financiación de esa recogida y del tratamiento de
los residuos generados por ellos.
El real decreto introduce también, por primera vez, objetivos específicos
con porcentajes de preparación para la reutilización, fomentando así la
economía circular.
Para fomentar la reutilización, además, el real decreto establece un
proceso que obliga a que todos los vehículos al final de su vida útil se
traten primero en un Centro Autorizado de Transformación, donde se
descontaminan y se separan las piezas que pueden ser reutilizadas. Además, el
establecimiento de objetivos mínimos de preparación para la reutilización
otorga instrumentos a las administraciones públicas para conocer la cantidad de
piezas que se comercializan en el mercado de segunda mano.
Por otra parte, la clarificación de la cadena de tratamiento del
vehículo permitirá combatir más eficazmente el desguace ilegal.
MEJORA DE LA
INFORMACIÓN
Los productores de vehículos deben presentar, asimismo, un informe
anual sobre la puesta en el mercado de vehículos y los residuos
generados, recogidos y tratados procedentes de estos vehículos.
Además, los gestores de residuos que realicen operaciones de tratamiento de
vehículos al final de su vida útil presentarán una memoria anual relativa a
todos los residuos que gestionen.
ECOGESTOR
LEGISLACIÓN
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